Datos de referencia: Instrucción de 29 de septiembre de 2026 · publicada en el BOE el 7 de octubre de 2026.
Fuente publicada el 7 de octubre de 2026.
Una nueva instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública aclara un problema práctico al cerrar una obra nueva: el certificado o suplemento de entrada en vigor del seguro decenal puede firmarse electrónicamente. Notarios y registradores no deberían exigir una firma manuscrita cuando el documento digital cumple las condiciones de verificación indicadas.
La aclaración interesa sobre todo a promotores y autopromotores que sí necesitan acreditar la garantía. No crea un seguro nuevo ni cambia las excepciones de la Ley de Ordenación de la Edificación. Para decidir si tu proyecto debe contratarlo, sigue siendo necesario revisar el caso explicado en la guía del seguro decenal.
Qué debe llevar el archivo digital
El documento de la aseguradora debe incluir un Código Seguro de Verificación o un código QR que permita comparar el papel o la copia recibida con el original alojado en la web de la entidad. El archivo también debe mantener la integridad de las firmas, normalmente mediante PDF con firma PAdES.
Cuando se utilicen firmas electrónicas cualificadas, los certificados del representante de la aseguradora y del tomador o promotor deben proceder de un prestador cualificado de servicios de confianza. La instrucción cita la FNMT como ejemplo, sin convertirla en la única alternativa posible.
No basta con pegar una imagen de una firma en un PDF. El valor operativo está en que el notario pueda comprobar el archivo, la identidad de los firmantes y que el contenido no se haya modificado después de firmarse.
Cómo debería circular la documentación
Si la aseguradora emite el certificado final o el suplemento de entrada en vigor con firma digital, debe enviar ese PDF directamente al notario por vía electrónica. Una vez incorporado bajo fe pública a la escritura, puede acreditar la garantía ante el Registro de la Propiedad. La instrucción también contempla su remisión mediante la aplicación del Colegio de Registradores para documentos privados.
Antes de fijar la firma, pide a la aseguradora el archivo original, no solo una impresión o captura. Confirma que el CSV o QR funciona desde un equipo ajeno y que la notaría ha recibido el mismo fichero. Coordina este hito con el certificado final de obra y la declaración de obra nueva.
Lo que la instrucción no resuelve
La norma no confirma que una póliza concreta esté vigente, que su capital sea suficiente ni que el edificio esté dentro del supuesto asegurado. Tampoco elimina los datos que ya debían constar, como identificación del inmueble, cobertura, capital, vigencia, prima, franquicia y partes intervinientes.
Ejemplo ilustrativo: recibir un PDF con QR válido evita repetir una legitimación manuscrita, pero no corrige una referencia catastral equivocada o un capital asegurado inferior al exigible. Añade el coste real de póliza, control e informes a la calculadora de construcción y conserva el archivo firmado dentro del expediente técnico de la vivienda.

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- BOE · Instrucción de 29 de septiembre de 2026 sobre documentación digital del seguro decenal
- BOE · Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación
Los datos se atribuyen al organismo de origen. Las comprobaciones propuestas y los ejemplos presupuestarios son análisis de CASA i CASA. Las fechas del informe y de esta publicación se muestran por separado.
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