Datos de referencia: Real Decreto-ley 29/2026 · publicado el 7 de octubre de 2026 · entrada en vigor general el 8 de octubre · pendiente de convalidación parlamentaria.
Fuente publicada el 7 de octubre de 2026.

08/10/2026Entrada en vigor general del nuevo real decreto-ley
50.000 €Importe máximo previsto por préstamo
0 %Tipo de interés y sin comisiones
Aún cerradoFaltan requisitos y procedimiento de solicitud

El Gobierno ha vuelto a crear la línea TU CASA mediante el Real Decreto-ley 29/2026, publicado el 7 de octubre. La entrada en vigor general está prevista para el 8 de octubre. Es una norma nueva y distinta del decreto que el Congreso derogó el 2 de octubre: la base legal del programa reaparece, pero todavía no existe un procedimiento abierto para solicitar el préstamo.

Qué ofrece el nuevo texto

TU CASA está dirigido a personas que compren su primera vivienda habitual con hipoteca, sin límite de edad indicado en el decreto. El préstamo público complementaría la financiación privada y cubriría el menor de dos importes: el 20 % del valor de la vivienda o 50.000 €. El texto fija un interés del 0 % y ausencia de comisiones.

Esto no equivale a una aprobación automática ni obliga al banco a financiar el resto. El Instituto de Crédito Oficial analizará las operaciones conforme a sus criterios de riesgo y a las condiciones que todavía debe aprobar el Consejo de Ministros. Ese acuerdo deberá concretar beneficiarios, límites adicionales, dotación inicial y procedimiento.

Por qué aún no debes incluirlo como dinero disponible

No hay convocatoria, formulario ni fecha de apertura publicada. Antes de firmar una reserva o unas arras, calcula la operación únicamente con ahorro y financiación confirmada. La calculadora de gastos de compra separa precio, impuestos y costes de cierre; la guía del coste total ayuda a comprobar la caja que debe quedar después de la firma.

Ejemplo ilustrativo: en una vivienda de 240.000 €, el 20 % serían 48.000 €, por debajo del límite de 50.000 €. Esa cifra describe el máximo teórico según el decreto, no una ayuda concedida. Hasta conocer los requisitos y superar el análisis del ICO, el presupuesto debe seguir mostrando 48.000 € como financiación no confirmada.

La vivienda queda sujeta a límites permanentes

El inmueble debe destinarse a vivienda habitual y el límite de precio de reventa se inscribirá en la escritura y en el Registro. En transmisiones posteriores, el precio no podrá superar el de adquisición actualizado con el IPC, salvo determinadas mejoras que se definan. Si se alquila, la renta quedará por debajo del límite del sistema estatal de referencia.

La tasación hipotecaria seguirá siendo relevante para detectar diferencias entre precio y financiación. La calculadora de financiación permite probar escenarios con y sin TU CASA. Además, al tratarse de un real decreto-ley, el Congreso debe decidir su convalidación dentro del plazo constitucional. Hasta que se publiquen esa decisión y las reglas operativas, conviene tratar el programa como una posibilidad legal en desarrollo, no como dinero disponible para cerrar una compra.

Vivienda en España, imagen ilustrativa
Imagen ilustrativa; no representa un inmueble analizado en la noticia.

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Fuente y criterios editoriales

Los datos se atribuyen al organismo de origen. Las comprobaciones propuestas y los ejemplos presupuestarios son análisis de CASA i CASA. Las fechas del informe y de esta publicación se muestran por separado.

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